H.C.D. Ordenanza Nº 260/19.- Organigrama Municipal mod ord 327/22

 

ORDENANZA Nº  260/19.-

Modificada por Ordenanza 327/22.-

POR TODO ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

 

Art.1º) Establécese, como estructura orgánica para la Municipalidad de Herrera, la siguiente:

 

I-             Se dispone en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal:

 

A)   Secretaría de Gobierno.-

B)   Secretaría de Hacienda.-

C)   Secretaría de Planeamiento,  Obras y Servicios Públicos.-

D)   Secretaría de Acción Social y la Familia.-

E)   Sub-Secretaría de Gobierno.-

F)   Sub-Secretaría de Hacienda.-

G)   Sub-Secretaría de Acción Social y la Familia.-

H)   Sub- Secretaría de Planeamiento  Obras y Servicios Públicos.-

I)     Sub-Secretaría de Turismo y Cultura.-

J)    Sub-Secretaría de Desarrollo Sustentable y Deportes.-

K)   Dirección General de Espacios Verdes.-

L)    Dirección de Acción Social y la Familia.-

M)  Dirección de Agricultura.-

N)   Dirección de Medio Ambiente.-

O)   Dirección de Bromatología.-

P)   Dirección de Prensa y Ceremonial.-

Q)   Dirección del Área de la Juventud.-

R)   Dirección de Desarrollo Urbano y Planeamiento.-

S)   Dirección de Coordinación.-

T)   Secretaria Privada del Presidente Municipal.-

U)   Asesor Letrado.-

V)   Dirección de la Mujer.-

W)  Dirección de Deportes.-

 

 

II-           Las Secretarias, Direcciones  y  Subdirecciones tendrán las funciones y atribuciones que se detallan a continuación, sin perjuicio de lo establecido por Ley Orgánica de los Municipios 10.027 y su modificatoria:

 

A) Secretaria de Gobierno:

 

1)   Asistir en sus funciones al Señor Presidente Municipal, en todo lo inherente  a las circunstancias de su área  o tareas que él mismo le encomiende.-

2)   Asesorar, atender y controlar los asuntos relacionados con el ejercicio y funcionamiento de la policía municipal, mesa de entrada y  salida de expedientes, archivos, notificaciones y  controlar el funcionamiento  de la oficina de personal, ordenanzas, licitaciones, concurso de precios, control de asistencia del personal.-

 

 

 

B) Secretaría de Hacienda:

 

1)   Asistir en sus funciones al Señor Presidente Municipal, en todo lo inherente  a las circunstancias de su área  o tareas que él mismo le encomiende.-

2)   Asesorar, atender y controlar los asuntos relacionados con el ejercicio y funcionamiento y/o lo relacionado con la contabilidad en general, contaduría y tesorería municipal, trámites administrativos, contables y de tesorería, sueldos, inspecciones, contrataciones, inventarios, compras y suministro, administración del cementerio, control y ejecución del presupuesto, informática, control fiscalización y recaudación  de comercio.-

 

C) Secretaria de Planeamiento, Obras Privadas, Públicas y  Servicios Públicos:

 

1)   Asistir en sus funciones al Señor Presidente Municipal, en todo lo inherente  a las circunstancias de su área  o tareas que él mismo le encomiende.-

2)   Asistir al Señor Presidente Municipal en todo lo relacionado con la prestación de servicios a la comunidad , la confección  y ejecución de proyectos relacionados  y/o relativo al cementerio municipal , viveros,  parques, paseos , la higiene urbana ,  recolección de residuos ,  servicios de desagotes  cloacales,  obras por administración y por contrato, control de las obras privadas, direcciones y conservación de obras, consorcios e instalaciones de dominio y/o cargo de la administración, mantenimiento vial urbano y dentro del ejido.-

3)   Tendrá a cargo los talleres,  depósitos y almacenes municipales y sobre el plantel de máquinas y equipos afectados a las tareas descriptas.-

4)   Tendrá  injerencia directa con el personal a su cargo-.-

 

 

D) Secretaría de Acción Social y la Familia:

 

1)   Asistir en sus funciones al Señor Presidente Municipal, en todo lo inherente  a las circunstancias de su área  o tareas que él mismo le encomiende.-

2)   Asistir al Señor Presidente Municipal  y atender en los asuntos  relacionados a la acción social de la comunidad , promoción social , realizar encuentros periódicos  respecto al estado poblacional , salud, asistencia y deserción escolar, viviendas,  enfermedades circunstanciales  o  permanentes, comedores municipales,  estadísticas  respecto de desocupación  y personas de  bajos recursos .-

 

E) Sub-Secretaría de Gobierno:

 

1)   Dependerá del Secretario de Gobierno y tendrá como objeto principal la agenda municipal, previa autorización del Ejecutivo y con las demás secretarías y direcciones a efectos de coordinar las tareas encomendadas. Además prestará funciones dentro del área de la Secretaría de Gobierno en lo relativo a tereas de esa dependencia.-

 

F) Sub-Secretaría de Hacienda:

 

1)   Dependerá del Secretario de Hacienda y tendrá como objeto principal colaborar y coordinar todo lo relacionado con lo inherente a la Secretaría, previa autorización del Ejecutivo además prestará funciones dentro del área de la Secretaría de Gobierno en lo relativo a tereas de esa dependencia.-

 

 

G) Sub-Secretaría de Acción Social y la Familia.-

 

1)   Dependerá del Secretario de Acción Social y la Familia y tendrá como objeto principal colaborar con la parte administrativa del área afectada, completar expedientes y todo lo relacionado al archivo de los mismos y toda otra tarea que le encomienden desde el ejecutivo municipal.-

 

H) Sub- Secretaría de Planeamiento  Obras y Servicios Públicos.-

 

1)   Asistir al secretario de planeamiento  Obras y Servicios Públicos   tendrá a cargo el personal que este designado para tareas encomendadas previamente ,  controlará la asistencia del personal  de la secretaria nombrada ,  de planta permanente y contratadas.-

 

 

I) Sub- Secretaría de Turismo y Cultura.-

 

1)   Asistir al Señor   Presidente  Municipal  en lo relacionado a su área organizar eventos culturales,  mantendrá contactos permanentes  con instituciones escolares , culturales,  deportivas y religiosas,  promover la  cultura  de la  comunidad  de distintas  edades, deberá  mantener encuestas  permanentes  respecto  a visitas  de turistas que entran  y  salen  de la localidad  a  efectos  de informar a la administración,  relevar  y  mantener  actualizado  los lugares  históricos de nuestra  localidad.-

2)   Dependerá funcionalmente del Secretario de Gobierno.-

 

J) Sub-Secretaría de Desarrollo Sustentable y Deportes.-

 

1)      Ccorresponde asesorar al Señor  Presidente Municipal  en lo relativo a todo lo que sea deportes , teniendo la obligatoriedad   de mantener contacto  permanente con distintas instituciones que practican  variadas gamas de deportes, que incentiven  dicha actividad en especial en niños, jóvenes y adultos,  organizar distintos eventos  tanto en época de verano como en invierno,  mantener estadísticas y censos permanentes  a efectos de informar cuando así se requiera.-

2)      Dependerá funcionalmente del Secretario de Gobierno.-

 

K) Dirección General de Espacios Verdes.-

 

1)   Desde la Dirección general de Espacios Verdes se promueve el mantenimiento de los espacios verdes, así como su ampliación, ya que son de vital importancia para todos los ciudadanos.-

2)   Remodelar y conservar los espacios verdes, plazas, monumentos, obras de arte y fuentes bajo la órbita de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Elaborar programas de nuevos monumentos, obras de arte y fuentes de mejoras en la infraestructura de servicios y equipamiento de parques y paseos, y diseñar programas de reforestación, Diseñar y planificar políticas tendientes a la creación de espacios verdes, Definir y planificar la identidad y tipología de paisaje para parques y plazas de la localidad, Supervisar la planificación de las obras y las actividades de mantenimiento para el cuidado del espacio público.-

3)   Dependerá directamente del Presidente Municipal y prestará colaboración y coordinación con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

 

L) Dirección de Acción Social y la Familia.-       

 

1)   Entenderá en la implementación de los programas sociales y comunitarios Nacionales, Provinciales, Municipales, convenios sociales y asistenciales con organismos no gubernamentales, área joven, cooperadoras escolares, transporte social, becas y residencias.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal y prestará colaboración y coordinación con la Secretaría de Acción Social y la Familia.-

 

M) Dirección de Agricultura.-                              

 

1)   Entenderá en estudiar, diseñar y aplicar políticas de prevención y asistencia a los sectores productivos, promoverá el desarrollo agrícola sustentable en la localidad a través de la capacitación, información, organización e integración del sector rural.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

N) Dirección de Medio Ambiente.-

 

1)   Entenderá en la implementación de planes y/o políticas compatibles con el desarrollo sustentable para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, Establecerá medidas y criterios para la prevención y control de residuos y emisiones generadas por fuentes contaminantes, Implantara medidas y mecanismos para prevenir, restaurar y corregir la contaminación del aire, suelo, agua y del ambiente en general, Difundirá los programas y estrategias relacionadas con el equilibrio ecológico y la protección del ambiente, en cumplimiento con lo establecido en el Art. 22 de Constitución Provincial.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

O) Dirección de Bromatología.-

 

1)   Entenderá en el procedimiento de habilitación de establecimientos del rubro alimentos,  Efectuara los procedimientos de fiscalización del funcionamiento de dichos establecimientos, Intervendrá en los procedimientos de fiscalización de la aptitud de alimentos, Creara y mantendrá actualizado un registro de elaboradores de alimentos y de productos alimenticios y todo otro que se relacione con la elaboración o manipulación de alimentos, Ejercerá el poder de policía sanitaria que se cumplan las normativas alimenticias nacionales, provinciales, municipales y del MERCOSUR, Brindara asistencia técnica a demanda, Controlara la aptitud de alimentos, Otorgara los registros que correspondan a los establecimientos elaboradores de alimentos y a los productos alimentarios y efectuar las inscripciones o re- inscripciones de productos alimentarios de acuerdo a la reglamentación vigente, teniendo como finalidad la Garantizar la inocuidad de los alimentos que consume la población en todo el ámbito municipal.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

P) Dirección de Prensa y Ceremonial

 

1)   Mantener informados a los medios periodísticos, coordinar la confección del boletín  informativo municipal, convocar conferencias de prensas, mantener relaciones públicas, actualizar el libro de protocolo y toda otra comisión encomendada por el presidente municipal.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

Q) Dirección del Área de la Juventud.-

 

1)   Tendrá como función Generar en los jóvenes un espíritu de solidaridad y de voluntariado tendiente a la resolución de las problemáticas que los involucran, Crear condiciones, instrumentos y mecanismos institucionales para brindar oportunidades equitativas e incluyentes para el desarrollo integral de la juventud en los planes y programas del municipio. Rescatar, promover y cooperar la exaltación de valores básicos de nuestra sociedad, tales como el amor, respeto, la solidaridad, la cooperación y los roles, Promover el compromiso y la inclusión juvenil. Formular y gestionar apoyo técnico-financiero y desarrollar programas y proyectos especialmente dirigidos a mejorar la calidad de vida de la juventud. Estimular y promover la organización de la juventud en todos los ámbitos posibles, brindando el apoyo y la asistencia necesaria. Realizar debates, tareas de investigación, planificación, experimentales y de estudio en general sobre temas vinculados a la juventud y su problemática, organizar conferencias ilustrativas sobre materias de interés juvenil.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

R) Dirección de Desarrollo Urbano y Planeamiento.-

 

1)   Tendrá como función proponer al presidente municipal las políticas, lineamientos, estrategias y prioridades que deban observarse en los planes, programas o proyectos en materia de obras públicas. Establecer procedimientos para coordinar, controlar, supervisar y llevar el seguimiento de la ejecución de planes y programas de obras públicas, vigilando que se desarrollen conforme a las normas, especificaciones, proyectos y propuestas autorizados, procurando la utilización de las mejores tecnologías y sistemas de construcción disponibles. Diseñar mecanismos para llevar a cabo las etapas que comprende la obra pública municipal en su proceso de planeación, programación, presupuestario, ejecución total o parcial de cada una de estas etapas, así como de los servicios relacionados con las mismas, en cualquiera de las modalidades de contratación, coordinación con las instancias que sean necesarias.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

S) Dirección de Coordinación.-

 

1)   Tendrá como función asistir al intendente en lo concerniente a la coordinación y gestión de las secretarías, subsecretarías y direcciones actuando como vínculo formal con otros organismos públicos o privados.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

 

T) Secretaria Privada del Presidente Municipal.-

 

1)   Tendrá como función asistir directamente al titular del departamento Ejecutivo Municipal, receptar y responder la documentación y correspondencia del departamento ejecutivo. Por otro lado se encarga de otorgar audiencias y organizar la agenda del Presidente Municipal, como así también planifica y ejecuta la difusión de la información a la población sobre las acciones de gobierno. Entablar las relaciones públicas del intendente a través de la Dirección de Prensa y Ceremonial.-

2)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

U) Asesor Letrado.-

 

1)   Deberá asistir al presidente municipal en el trazado de la política institucional y en la actividad vinculada a las funciones específicamente jurídicas del Municipio, siendo su competencia las siguientes: Entender en las cuestiones institucionales en que estén en juego los derechos de la Municipio y/o los vecinos. El asesoramiento jurídico del Municipio y la coordinación de las actividades jurídicas. Dictaminar sobre el aspecto legal de los asuntos que se someten a su consideración, evacuando consultas jurídicas, interpretando leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones. Intervenir en los asuntos judiciales o extrajudiciales en los que la Municipalidad sea parte y defender legalmente el patrimonio de la Municipalidad. Redactar los instrumentos legales que se le soliciten. Instruir los sumarios administrativos y demás procedimientos que el Ejecutivo Municipal o el Concejo Deliberante le encomienden, para esclarecer la comisión de hechos punibles o irregularidades atribuidas a los agentes. La asistencia al presidente municipal y/o al Concejo Deliberante, cuando este sea requerido. Interpretación de normas jurídicas, recursos administrativos deducidos, reclamaciones administrativas promovidas contra el Municipio. Dictaminar en los siguientes casos proyectos de ordenanza, sus reglamentaciones, reforma o derogación. Dictaminar en los casos a solicitud del presidente municipal y/o cuando el Concejo Deliberante lo requiera. Dictaminar en los procesos de compra en cuanto al cumplimiento formal de la normativa y en todo otro asunto, que le sea sometido y que verse sobre la materia. Representar al Municipio, tanto si aquel litiga como actor, como demandado o como tercero citado, ya sea en instancia de mediación previa, en proceso arbitral o ante las autoridades judiciales, cualquiera fuera su fuero o jurisdicción y en general en todos los juicios contenciosos-administrativos, y los de ejecución fiscal, sin perjuicio de las facultades del presidente municipal para nombrar sustituto para casos especiales, mandatarios o gestores. Agotar la gestión prejudicial de cobro de acreencias del Municipio. Realizar estudios o análisis legislativos que se le encomienden a fin de mejorar las ordenanzas y reglamentaciones municipales vigentes.

2)   El cargo de Asesor Letrado deberá ser desempeñado por un abogado matriculado en la Provincia de Entre Ríos.-

3)   Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

V)           Dirección de la Mujer.-

 

      1) Entenderá en la aplicación de la reglamentación vigente y promover las modificaciones necesarias tendientes a lograr a canalizar inquietudes referidas al tratamiento de problemáticas que las afectan, a articular redes existentes en la comunidad, a organizar eventos de capacitación sobre derechos de la mujer, entre otros.-

2) Que es necesario que exista coordinación y participación entre distintas áreas gubernamentales y no gubernamentales, vinculadas a temáticas relacionadas con la mujer, que nuestra ciudad debería contar con un espacio para el abordaje de estas temáticas, que busque la participación y permita la puesta en marcha de programas y proyectos de orden nacional y provincial.

     3)  Dependerá directamente del Presidente Municipal”.-

 

W)   Dirección de Deportes.-

1) Entenderá en la aplicación de la reglamentación vigente y promover las modificaciones necesarias tendientes a lograr:
a) La utilización del deporte como factor educativo coadyugante a la formación integral del hombre y como recurso para la recreación y sano esparcimiento de la población.
b) La utilización del deporte como factor de la salud integral de la población y para el desarrollo de sus sentimientos de patriotismo, sana emulación y solidaridad social.
c) El fomento de la práctica de competencias deportivas en procura de alcanzar altos niveles de las mismas, asegurando que las representaciones del Municipio sean la real expresión de la jerarquía cultural y deportiva del mismo.
d) Promoción de la conciencia de los valores de la educación física, el deporte y la recreación y la implementación de las condiciones que permitan el acceso a las prácticas deportivas-recreativas a todos los habitantes del Municipio, cualquiera sea su edad, sexo o condición social.
e) Concretar en lo municipal una estructura oficial de coordinación y apoyo a las actividades deportivas-recreativas.
f) La coordinación con organismos públicos y privados en los programas de capacitación, en las competencias y en el ordenamiento y fiscalización de los recursos referidos al deporte.

2)  Dependerá directamente del Presidente Municipal.-

 

 

 

III-   Vicepresidente Municipal: Tendrá la función de presidir el Concejo Deliberante, hacerse cargo de la Presidencia Municipal en los casos de ausencia del titular y realizar las demás funciones que en la carta magna se establecen.-

 

 

Art.2º) El Anexo Nº 1 adjunto forma parte legal y útil de la presente.-

 

Art.3º) Impútese, el gasto que demande la presente a las partidas del presupuesto vigente, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a producir las modificaciones correspondientes con oportuna notificación al Honorable Concejo Deliberante.-

 

Art.4º) Deróguese, toda otra norma que se oponga a la presente.-

 

Art.5º) La presente, norma comienza a regir a partir del 10 de Diciembre de 2019.-

 

Art.6º) Regístrese, publíquese, dése a conocimiento al personal y en estado archívese.-

 

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2.019, modificada el 28 de julio del 2022.-

 

 

 

        Daiana Macarena Pérez                                                           Héctor Ismael Richard

                  Secretaria                                                                              Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera


ANEXO  Nº 1

 

Art.1º) A los efectos de mantener el valor real de la retribución mensual del Señor Presidente Municipal conforme a lo establecido por el art. 106 de la Ley Nº 10.027, establécese  que la misma será  reajustada de forma tal de mantener el valor de 5  veces  del sueldo de la categoría 10 del  agente municipal de Herrera, más el 100% de ese resultante por gastos de representación.-

 

Art.2º) A los mismos efectos establécese que el Secretario de Gobierno recibirá el 85% del  sueldo  del Presidente Municipal, más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 100% de su respectivo haber mensual.-

 

Art.3º) A los mismos efectos establécese que el Secretario de Hacienda y el Secretario de Planeamiento Obras y Servicios Públicos recibirá el 70% del  sueldo  del Presidente Municipal, más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de sus respectivos haberes mensuales.-

 

Art.4º) Establécese, que los cargos de  Secretario  de Acción Social  y  la Familia, recibirá el 65% del  sueldo  del Presidente Municipal por remuneración mensual, más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de su respectivo haber mensual.-.-

 

Art.5º) Los cargos de Subsecretarios de Gobierno, Hacienda, de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Turismo y Cultura, Desarrollo Sustentable y Deportes, percibirán el 45% del Sueldo del Presidente Municipal más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de sus respectivos haberes mensuales.-

 

Art.6º) Los cargos de Director de espacios verdes; Director de Acción Social y la Familia; Director de Agricultura; Director de Medio Ambiente; Director de Bromatología; Director de Prensa y Ceremonial; Director del Área de la Juventud; Director de desarrollo Urbano y Planeamiento; Director de Coordinación; Secretaría privada del Presidente Municipal; Director de la Mujer; Director de Deportes percibirán el 25% del sueldo del Señor Presidente Municipal más una bonificación mensual no remunerativa no bonificable igual al 80% de su respectivos haberes mensuales.

 

Art. 7º) El cargo de Asesor Letrado percibirá el 35% del sueldo del Señor Presidente Municipal más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de su respectivo haber mensual.-

 

Art.8º) El cargo de Vicepresidente Municipal percibirá el 55% del sueldo del Señor Presidente Municipal más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de su respectivo haber mensual.-

 

 

 

Art.9º) El cargo de Secretario del Concejo Deliberante percibirá el 40% del sueldo del Señor Presidente Municipal más una bonificación mensual no remunerativa, no bonificable igual al 80% de su respectivo haber mensual.-

 

Art.10º) Los Señores Concejales percibirán el 25% del sueldo del Señor Presidente Municipal.-

 

Art.11º) Naturaleza para los cargos: Los cargos de Secretarios, Sub-Secretarios, Directores y Asesor Letrado serán políticos, siendo nombrados y removidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, estando excluido de las normas de estabilidad del agente de la Administración Municipal.-

 

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2.019 y modificada el 28 de julio del 2.022.-

 

 

        Daiana Macarena Pérez                                                               Héctor Ismael Richard

                Secretaria                                                                                   Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera