H.C.D. Texto Ordenado Ord. Nº 254/19 Becas por ord 318/22

ORDENANZA Nº  254/19.-

Modificada por Ordenanza Nº266/20 y Nº318/22

 

POR TODO ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

 

ART. 1º): Créase el "Sistema de Becas Municipales para Estudios Superiores", el cual concederá becas a estudiantes de nuestra localidad, con el objeto de facilitar el acceso o la permanencia en la educación superior para aquellos que cumplieran con las prescripciones de la presente Ordenanza y su reglamentación.

ART. 2º): Las Becas previstas en la presente Ordenanza se asignarán de acuerdo con las normas dispuestas y los criterios establecidos en la misma.

ART. 3º): Las Becas Municipales tendrán carácter permanente, de manera que todos los años se asigne al presupuesto una partida dirigida a tal fin.

ART. 4º): El funcionamiento del Sistema de Becas, estará regulado por una Comisión Interdisciplinaria, conformada por 3 (tres) concejales que integran, en ejercicio de sus funciones, la Comisión “Acción Social, la Familia, Salud, Cultura, Educación y Deporte” -conforme al reglamento interno del concejo vigente - Secretario de Acción Social y asistente de dicha área, Subsecretario de Cultura conjuntamente con el Asesor Letrado del Poder Ejecutivo de nuestra municipalidad.

ART. 5º):La Comisión Interdisciplinaria, tendrá carácter de autónoma, cuya función principal será la de seleccionar en base a una votación por mayoría simple de sus miembros, quienes serán los beneficiarios de dichas becas. Esta selección se dará a conocer mediante un dictamen de carácter vinculante.

ART. 6º): Cualquiera sea la causa del cese del beneficio, la Comisión Interdisciplinaria, procederá a realizar reemplazos becarios, conforme el orden de mérito antes descrito.

ART. 7º): Los formularios de las Becas se otorgarán a través de convocatorias públicas y abiertas que se realizarán durante el mes de Marzo de cada año, siendo las mismas un beneficio de carácter personal e intransferible del becario.

ART. 8º): El monto máximo otorgado a cada beneficiario será actualizado año a año por el D.E.M.H.-

ART. 9º): Son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiarios de las becas para estudiantes:

a)    Ser argentino nativo o naturalizado.-

b)   Tener domicilio en la localidad de Herrera.-

c)    Presentar recibo de sueldo de padre, tutor o encargado del beneficiario que trabajen, si este no posee recibo, certificado de desocupación.-

d)   Presentar la solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria.-

e)    Presentar certificado de finalización de estudios secundarios.-

f)     Ser alumno regular de una Universidad o Instituto Terciario.-

g)    Tener que cursar de manera presencial la carrera elegida.-

h)   Contar con el 60 % de las materias aprobadas del último año cursado.-

i)     No ser ingresante a carreras Universitarias o Terciarias en organismos privados, teniendo la opción de hacerlo en un organismo estatal.-

j)     Haber realizado las gestiones correspondientes para recibir becas provinciales y/o nacionales.-

k)   Para los supuestos que no se encuentren contemplados expresamente en el presente el D.E.M. podrá establecer condiciones diferentes a las previstas en la misma cuando, de parte de los beneficiarios, se detecte dificultad en el cumplimiento de los requisitos solicitados y mediare una causa de justificación debiendo comunicar a este concejo deliberante las condiciones de otorgamiento adoptadas en el caso concreto.(Texto según Ordenanza Nº266/2020).-

 

ART. 10°): El beneficio de la beca cesará indefectiblemente en los siguientes casos:

a)    Por abandono de los estudios o perdida de la condición de alumno regular.-

b)   Por no presentarse el beneficiario al cobro de la beca luego de 2 meses consecutivos.-

c)    Por conclusión de la carrera para la que se postularon inicialmente.-

d)   por muerte o inhabilitación del becario.-

ART. 11º): El beneficio no será otorgado cuando el aspirante al mismo, incurre en uno de los siguientes supuestos:

a)    Adeudare solo exámenes finales y / o la realización de tesis.-

b)   Estuviere excedido en más de 1 (uno) año en el tiempo de duración que la carrera hubiere previsto, en su plan de estudio.-

c)    No cumpliera con las demás condiciones establecidas en la presente ordenanza.-

ART. 12º): Conforme a la documentación presentada por el posible beneficiario de la beca estudiantil, la Comisión Interdisciplinaria tendrá en cuenta los siguientes indicadores:

  1. Nivel socioeconómico de los hogares de los postulantes, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar.-
  2. Condición de actividad del principal aportante del hogar.-
  3. Situación familiar del postulante conforme tenga o no hijos.-
  4. Distancia medida en km que separe el domicilio del aspirante de la sede de la universidad o instituto terciario.-
  5. Regularidad académica (presentando cada 4 meses certificado de cursado de estudio).-

ART. 13º): Finalizado el periodo de selección de los beneficiarios, la nómina de los elegidos se dará a conocer públicamente mediante un listado que estará a  la vista de la población en el edificio municipal.-

ARTICULO 14º): Dentro de un mismo grupo familiar podrá ser beneficiario de la beca municipal solo uno de los integrantes.-

ART. 15º): PLAZO: El beneficio tendrá vigencia desde el mes de Abril al mes de Diciembre del respectivo año.-

Art. 16º): “El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente”.

Art. 17º): Las becas otorgadas por resolución o decreto del Departamento Ejecutivo, serán abonadas por tesorería, del 1 al 10 de cada mes, con cargo a la partida destinada a la misma del presupuesto en vigencia.-

 

Art. 18º): Impútense los gastos que demanden la implementación de la presente ordenanza al presupuesto de gastos vigente, Partida 3-2-14 BECAS.-

 

Art. 19º): De forma.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2.019, Modificada el 5 de marzo del 2020 y el 10 de marzo del 2022.-

 

 

 

 

        Daiana Macarena Pérez                                                           Héctor Ismael Richard

                Secretaria                                                                              Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera