H.C.D. Ordenanza Nº 53-2013 - Presupuesto 2.014
ORDENANZA Nº 53/13.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Art. 1º) - Sanciónese, el Cálculo de Recursos para el ejercicio 2014, que asciende a la suma de PESOS Once Millones Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Trescientos Treinta con 00/100 (11.442.330,00), que en planillas separadas forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art. 2º)- Sanciónese, el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2014, que asciende a la suma de PESOS Once Millones Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Trescientos Treinta con 00/100 (11.442.330,00), que en planillas separadas forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art. 3º) - Afectanse, los recursos provenientes de la Coparticipación Nacional y Provincial por impuestos, Fondo Federal Solidario y de las Tasas: General Inmobiliaria, por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, Tasa General Inmobiliaria atrasada, por Salud Pública Municipal, Actualización de Deudas, Cementerio, Ocupación de la Vía Pública, Publicidad y Propaganda, Espectáculos Públicos, Vendedores Ambulantes, Contribución por Mejoras, Construcciones, Por Derechos Actuaciones Administrativas, Fondo Municipal Acción Social, por Registro de Títulos de Propiedad, Carnet de Conductor, Multas Tributarias, Contribución por Mejoras, Otros Ingresos Jurisdicción Municipal: Ingresos Varios, Prestación de Servicios Básicos (Alumbrado, Barrido y Limpieza), al Pago de Salarios, Prestaciones de Servicios Básicos, al pago de la deuda consolidada y erogaciones referidas a Asistencia Social, Deportes, Turismo y Cultura.-
Afectase además, los Ingresos de Otras Jurisdicciones, provenientes de convenios con otros organismos y cuyo destino sea la inversión de Trabajos Públicos y/o concreción de Proyectos específicos para el Municipio y/o para terceros.-
Art. 4º)- Facultase, al Departamento Ejecutivo Municipal para ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman esta Ordenanza, por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, incluidos los originados por Leyes, Decretos, Ordenanzas o Convenios con terceros en el marco de Legislaciones especiales, debiendo comunicar tales ampliaciones al H.C.D. dentro de los 30 (treinta) días de producida.-
Art.5º) - Regístrese, Comuníquese, Hágase saber y Archívese.
Dada en Sala de Sesiones 9 de Octubre de 2013