H.C.D. Ordenanza Nº 324/22.- implementación de la Metodología Digital para H.C.D.

ORDENANZA Nº  324/22.-

POR TODO ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

 

ARTÍCULO 1 º: DISPÓNGASE por medio de la presente, la implementación de la Metodología Digital para el manejo de documentación por parte del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de Herrera. –

 

ARTÍCULO 2 º: DE LA OBLIGATORIEDAD DE DENUNCIA DE MEDIOS DE CONTACTO POR PARTE DE LOS CONCEJALES. Una vez cumplimentada la juramentación de los Concejales, cada uno de ellos deberá denunciar, mediante declaración jurada de acuerdo al modelo adjunto en el Anexo 1 de la presente, un número de teléfono y una dirección de correo electrónico de contacto personal, que serán válidos para todas las notificaciones que deban cursarse. Estos teléfonos y correo electrónicos son únicos, intransferibles y de exclusiva responsabilidad de cada Concejal. Su modificación sólo podrá realizarse mediante el mismo procedimiento. –

 

ARTÍCULO 3 º: DE LA OBLIGATORIEDAD DE DENUNCIA DE MEDIOS DE CONTACTO POR PARTE DE LOS BLOQUES. La Presidencia de cada Bloque deberá denunciar, por el mismo procedimiento establecido en el Artículo precedente y de acuerdo al modelo adjunto en el Anexo 2 de la presente, un correo electrónico común para todo del Bloque, en el cual serán válidas todas las notificaciones dirigidas al Bloque. –

 

ARTÍCULO 4 º: DEL DERECHO A DENUNCIAR MEDIOS DE CONTACTO POR PARTE DE PARTICULARES. Aquellos particulares que cursen notificaciones al HCDH, podrán denunciar, por el mismo procedimiento establecido en los Artículos precedentes y de acuerdo al modelo adjunto en el Anexo 3 de la presente, un correo electrónico y un teléfono, en los cuales serán válidas todas las notificaciones dirigidas al mismo. –

 

ARTÍCULO 5° º: DISPÓNGASE que hasta tanto se haga efectivo lo establecido en los artículos 1 y 2, las notificaciones se harán por ante la Mesa de Entrada de la Secretaría del Concejo. –

 

ARTÍCULO 6º: DE LOS ASUNTOS ENTRADOS. Todo proyecto presentado para su consideración deberá ser presentado por escrito de acuerdo a los términos establecidos en el CAPÍTULO VII del Reglamento Interno, por Mesa de Entradas del HCDH en papel con las respectivas firmas de los Concejales presentantes. Además, deberá enviarse copia digitalizada a efectos de su incorporación a la red informática mediante el correo electrónico de uno de los Concejales firmantes del proyecto o bien del bloque al que pertenecen los Concejales firmantes. –

 

ARTÍCULO 7 º: DEL MANEJO Y TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES. La Presidencia del Concejo y la Secretaría deben confeccionar, en un ejemplar de papel y en otro digital, todos los expedientes correspondientes a cada proyecto, solicitudes particulares, o demás presentaciones y actos. El ejemplar digital será idéntico al de papel y deberá encontrarse a disposición para su acceso virtual por los Concejales, la Presidencia y la Secretaría al menos con 48hs (CUARENTA Y OCHO HORAS) de antelación a la Sesión en que fueran tratados. –

 

ARTÍCULO 8 º: DE LA CONVOCARORIA A SESIÓN DEL HCDH Y DEMÁS NOTIFICACIONES. La secretaría informará a los ediles, mediante la dirección de correo electrónico de contacto personal declarada por cada uno de ellos y con copia a los correos electrónicos declarados por cada uno de los bloques, sobre la convocatoria a Sesión del cuerpo, indicando en el mismo comunicado el sitio donde se encuentra la documentación en formato digital correspondiente a los expedientes que se tramitarán en la misma. –

 

ARTÍCULO 9 º: DISPÓNGASE que los Concejales deberán acusar recibo de dicha información. Dado el caso de la no confirmación de recepción por parte de un edil, se le comunicará en iguales condiciones a las ya establecidas mediante el número de teléfono de contacto declarado por el mismo. –

 

ARTÍCULO 10 º: DEL TRÁMITE DEL DESPACHO DE COMISIÓN. Las comisiones, después de dictaminar sobre un asunto, entregarán una (1) copia por escrito de su dictamen a la Secretaría en todo de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno. En el mismo acto deberán además enviar una copia digitalizada, a efectos de su incorporación a la red informática. Este despacho será rubricado por la Secretaría y agregado al expediente digital y en papel. –

 

ARTÍCULO 11 º: DE LAS ACTAS DE SESION DEL HCDH. La Secretaría del HCDH deberá poner a disposición de los ediles, de acuerdo al procedimiento establecido en los Artículos 7 y 8 de la presente, copia digital del Acta de la sesión inmediata anterior. –

 

ARTÍCULO 12 º: DE LAS NOTIFICACIONES AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL. Dispóngase que el DEM deberá denunciar un correo electrónico de acuerdo a las condiciones establecidas en el Artículo 2° y según el modelo de Declaración Jurada dispuesta en el Anexo 4, debiendo cumplir el procedimiento dispuesto por la presente para la generación de expedientes dirigidos al HCDH. La Secretaría del HCDH comunicará a su vez, al DEM, de las Normativas, Comunicaciones y Resoluciones sancionadas por este cuerpo en formato digital mediante dicho medio de contacto. –

 

ARTICULO 13 º: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Sala de Sesiones, 30 de JUNIO de 2.022

 

              Daiana Macarena Pérez                                                     Héctor Ismael Richard

                       Secretaria                                                                       Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera