H.C.D. Ordenanza Nº 303/21.- Programa de Arbolado

 ORDENANZA Nº  303/21.-

POR TODO ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

 

ARTÍCULO 1º: IMPLEMÉNTESE en todo el Ejido de Herrera el Programa Ecológico Municipal de Arbolado con Especies Autóctonas, bajo la coordinación del Departamento Ejecutivo Municipal, quien facultará a las áreas correspondientes para decidir en aquellas cuestiones que favorezcan la rápida y efectiva puesta en marcha del mismo.-

 

ARTÍCULO 2º: DETERMÍNESE que este programa funcionará en dos sentidos, uno con carácter simbólico, que consiste en la plantación de un nuevo árbol por cada niño/a de la comunidad de Herrera que culmine el cursado del nivel inicial durante el año en curso, y un sentido ejecutivo, el cual redundará en el aumento de la densidad arbórea de la localidad.-

 

ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE que la Autoridad de Aplicación determinará la fecha en que se llevará adelante la Plantación Inaugural.-

 

ARTÍCULO 4º: DISPÓNGASE que la Autoridad de Aplicación podrá determinar la ubicación donde se plantarán los árboles correspondientes a cada niño/a de la comunidad, sean estos espacios públicos como plazas, parques o instituciones de bien público.-

 

ARTÍCULO 5º: ESTABLÉZCASE que se podrán realizar plantaciones conjuntas en el marco de actividades desarrolladas durante jornadas especiales dedicadas al Medio Ambiente, como el Día del Medio Ambiente (5 de julio), el Día del Árbol (29 de agosto) y el Día de la Primavera (21 de septiembre), siempre con especies que sean factibles de plantar en cada época.

ARTÍCULO 6º: OTÓRGUESE un certificado a cada familia en el que conste el nombre del niño o la niña, la fecha de plantación, la especie de árbol que se adjudica y un detalle de cuidados básicos para la preservación de la misma.

 

ARTÍCULO 7º: INVITESE a las Escuelas Rurales pertenecientes al Ejido a participar del presente Programa, quienes podrán plantar el árbol asignado en el terreno de la misma.-

 

ARTÍCULO 8º: DISPÓNGASE que los gastos que demande la implementación de este Programa, serán debidamente imputados a la partida presupuestaria pertinente.-

 

ARTÍCULO 9º: Comuníquese, regístrese, dese a conocer y, oportunamente, archívese. -

 

 

Sala de Sesiones, 23 de SEPTIEMRE de 2.021

 

 

 

         Daiana Macarena Pérez                                                        Héctor Ismael Richard

                Secretaria                                                                              Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera