H.C.D. Ordenanza Nº 258/19.- Autorizar a Incorporar Inmueble al Patrimonio
ORDENANZA Nº 258/19.-
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Art.1º: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo Municipal a impulsar todas las actuaciones administrativas necesarias para incorporar al patrimonio del Municipio de Herrera, como bien de dominio privado del estado municipal, el inmueble ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay , Distrito Gená, Municipio de Herrera, Ejido de Herrera, Domicilio Parcelario: Calle Pública S/Nº, Esq. Av. Miguel Britos, Esq. calle Francisco Ramírez, Plano de Mensura Nº: 70.397, Partida Provincial Nº 159.965, con una superficie de 8.009,26 m2, en virtud de la documental que se adjunta como anexo a la presente, por las formas y procedimientos que permitan la aplicación de la Legislación adherida por el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº241/19 de Herrera en jurisdicción Municipal y acorde a sus competencias, según normas de su constitución y orgánicas.-
Art.2°: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo Municipal a impulsar todas las actuaciones administrativas necesarias para incorporar al patrimonio del Municipio de Herrera, como bien de dominio privado del estado municipal, el inmueble ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay , Distrito Gená, Municipio de Herrera, Ejido de Herrera, Domicilio Parcelario: Calle Pública S/Nº, Esq. calle Francisco Ramírez, Esq. calle Pública, Plano de Mensura Nº: 70.398, Partida Provincial Nº 160.056, con una superficie de 5.669,39 m2, en virtud de la documental que se adjunta como anexo a la presente, por las formas y procedimientos que permitan la aplicación de la Legislación adherida por el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº241/19 de Herrera en jurisdicción Municipal y acorde a sus competencias, según normas de su constitución y orgánicas.-
Art.3º: AUTORIZASE, al Departamento Ejecutivo Municipal a impulsar todas las actuaciones administrativas necesarias para incorporar al patrimonio del Municipio de Herrera, como bien de dominio privado del estado municipal, el inmueble ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay , Distrito Gená, Municipio de Herrera, Ejido de Herrera, Domicilio Parcelario: Calle Pública S/Nº, Esq. calle Francisco Ramírez, Esq. calle Pública, Plano de Mensura Nº: 70.399, Partida Provincial Nº 159.963, con una superficie de 5.941,98 m2, en virtud de la documental que se adjunta como anexo a la presente, por las formas y procedimientos que permitan la aplicación de la Legislación adherida por el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº241/19 de Herrera en jurisdicción Municipal y acorde a sus competencias, según normas de su constitución y orgánicas.-
Art.4º: REMITASE, las actuaciones administrativas individualizadas en los Arts. 1º; 2º y 3º de la presente, a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, adjuntando copia de la presente ordenanza.-
Art.5º: REQUIERASE, a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, que le imprima al tramité como de preferente despacho a los alcances de que se realicen las actuaciones notariales tendientes a efectivizar la transmisión del dominio de los inmuebles a favor de la Municipalidad de Herrera.-
Art. 6º: FACULTESE, al Asesor Legal de la Municipalidad de Herrera Dr. Ramírez, Pablo Martín a cumplimentar lo ordenado en los Arts. 1º; 2º y 3º de la presente ordenanza.-
Art. 7º: REGÍSTRESE, comuníquese, dése a conocimiento, y oportunamente archívese.-
Dada en Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2.019
Daiana Macarena Pérez Orlando Omar Barboza
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Herrera Municipalidad de Herrera