H.C.D. Ordenanza Nº 254/19.- Sistema de Becas Municipales
ORDENANZA Nº 254/19.-
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
ART. 1º): Créase el "Sistema de Becas Municipales para Estudios Superiores", el cual concederá becas a estudiantes de nuestra localidad, con el objeto de facilitar el acceso o la permanencia en la educación superior para aquellos que cumplieran con las prescripciones de la presente Ordenanza y su reglamentación.
ART. 2º): Las Becas previstas en la presente Ordenanza se asignarán de acuerdo con las normas dispuestas y los criterios establecidos en la misma.
ART. 3º): Las Becas Municipales tendrán carácter permanente, de manera que todos los años se asigne al presupuesto una partida dirigida a tal fin.
ART. 4º): El funcionamiento del Sistema de Becas, estará regulado por una Comisión Interdisciplinaria, conformada por 3 (tres) concejales que integran, en ejercicio de sus funciones, la Comisión “Acción Social, la Familia, Salud, Cultura, Educación y Deporte” -conforme al reglamento interno del concejo vigente - Secretario de Acción Social y asistente de dicha área, Subsecretario de Cultura conjuntamente con el Asesor Letrado del Poder Ejecutivo de nuestra municipalidad.
ART. 5º):La Comisión Interdisciplinaria, tendrá carácter de autónoma, cuya función principal será la de seleccionar en base a una votación por mayoría simple de sus miembros, quienes serán los beneficiarios de dichas becas. Esta selección se dará a conocer mediante un dictamen de carácter vinculante.
ART. 6º): Cualquiera sea la causa del cese del beneficio, la Comisión Interdisciplinaria, procederá a realizar reemplazos becarios, conforme el orden de mérito antes descrito.
ART. 7º): Los formularios de las Becas se otorgarán a través de convocatorias públicas y abiertas que se realizarán durante el mes de Marzo de cada año, siendo las mismas un beneficio de carácter personal e intransferible del becario.
ART. 8º): El monto máximo otorgado a cada beneficiario será de $1.500,00.
ART. 9º): Son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiarios de las becas para estudiantes:
a) Ser argentino nativo o naturalizado.-
b) Tener domicilio en la localidad de Herrera.-
c) Presentar recibo de sueldo de padre, tutor o encargado del beneficiario que trabajen, si este no posee recibo, certificado de desocupación.-
d) Presentar la solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria.-
e) Presentar certificado de finalización de estudios secundarios.-
f) Ser alumno regular de una Universidad o Instituto Terciario.-
g) Tener que cursar de manera presencial la carrera elegida.-
h) Contar con el 60 % de las materias aprobadas del último año cursado.-
i) No ser ingresante a carreras Universitarias o Terciarias en organismos privados, teniendo la opción de hacerlo en un organismo estatal.-
j) Haber realizado las gestiones correspondientes para recibir becas provinciales y/o nacionales.-
ART. 10°): El beneficio de la beca cesará indefectiblemente en los siguientes casos:
a) Por abandono de los estudios o perdida de la condición de alumno regular.-
b) Por no presentarse el beneficiario al cobro de la beca luego de 2 meses consecutivos.-
c) Por conclusión de la carrera para la que se postularon inicialmente.-
d) por muerte o inhabilitación del becario.-
ART. 11º): El beneficio no será otorgado cuando el aspirante al mismo, incurre en uno de los siguientes supuestos:
a) Adeudare solo exámenes finales y / o la realización de tesis.-
b) Estuviere excedido en más de 1 (uno) año en el tiempo de duración que la carrera hubiere previsto, en su plan de estudio.-
c) No cumpliera con las demás condiciones establecidas en la presente ordenanza.-
ART. 12º): Conforme a la documentación presentada por el posible beneficiario de la beca estudiantil, la Comisión Interdisciplinaria tendrá en cuenta los siguientes indicadores:
- Nivel socioeconómico de los hogares de los postulantes, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar.-
- Condición de actividad del principal aportante del hogar.-
- Situación familiar del postulante conforme tenga o no hijos.-
- Distancia medida en km que separe el domicilio del aspirante de la sede de la universidad o instituto terciario.-
- Regularidad académica (presentando cada 4 meses certificado de cursado de estudio).-
ART. 13º): Finalizado el periodo de selección de los beneficiarios, la nómina de los elegidos se dará a conocer públicamente mediante un listado que estará a la vista de la población en el edificio municipal.-
ARTICULO 14º): Dentro de un mismo grupo familiar podrá ser beneficiario de la beca municipal solo uno de los integrantes.-
ART. 15º): PLAZO.- El beneficio tendrá vigencia desde el mes Abril al mes de Noviembre del respectivo año.-
ART. 16º): Las becas otorgadas por resolución o decreto del Departamento Ejecutivo, serán abonadas por Tesorería, del 1 al 10 de cada mes, con cargo a la partida destinada a la misma del presupuesto en vigencia.-
ART. 17º): Impútense los gastosque demanden la implementación de la presente ordenanza al presupuesto de gastos 2020-ASISTENCIA SOCIAL-PARTIDA3-2-14 BECAS.-
ART. 18 º): De forma.-
Dada en Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2.019
Daiana Macarena Pérez Orlando Omar Barboza
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Herrera Municipalidad de Herrera