H.C.D. Ordenanza Nº 180/17.- Bromatología

ORDENANZA Nº  180/17.-

POR TODO ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

Art.1º: Establécese, la presente ordenanza para todos los comercios y establecimientos donde se manipulen, almacenen, industrialicen o expendan sustancias alimenticias, ya sean materias primas o productos elaborados.-

 

Art.2º: Toda persona física/ jurídica que posea un establecimiento en el cual desarrolle tareas referidas a la elaboración, expendio, fraccionamiento y depósito de alimentos deberá adecuarse a esta normativa.-

 

Art.3º: Todo establecimiento elaborador/industrializador de alimentos deberá dar cumplimiento a las Nomas de Carácter General y Normas de carácter Especial según su rubro comprendidas en la Ley Nº 18284/69 además de la Resolución G.M.C Nº080/96 Anexo Único.-

 

Art.4º: Todo establecimiento expendedor, fraccionador y depósito de alimentos deberán cumplir con Nomas de Carácter General y Normas de carácter Especial según su rubro comprendidas en la Ley Nº 18284/69.-

 

Art.5º: Todo establecimiento que se encuentre en actividad previa a esta ordenanza deberá adaptarse a los artículos de esta normativa.-

HABILITACIONES

 

Art.6º: Entiéndase como Habilitaciones a los actos formales que emanan de la administración y que en forma permanente o transitoria, autorizan el ejercicio de actividades individuales debidamente regladas, sujetas al cumplimiento de determinados requisitos y a controles esporádicos, sistemáticos o permanentes.-

 

Art.7º: Todo establecimiento elaborador, distribuidor, fraccionador y expendedor deberá estar habilitado por la autoridad competente, según sea la jurisdicción en la que se haya radicado. Ejercicio fundamental para toda actividad comercial o industrial relacionada con la alimentación.-

 

Art.8º: Lo requerido para la correspondiente habilitación consistirá en la verificación de las normas de carácter general y normas de carácter especial de acuerdo a cada establecimiento contempladas en el Capítulo II del Código Alimentario Argentino, adherido por Ordenanza Municipal Nº 63/2013.-

 

Art.9º: Pasos para tramitar habilitación:

REQUISITOS A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS:

-Presentar formulario completo para trámite de habilitación comercial. 

-Original y copia de DNI del titular del comercio a habilitar.

-Original y copia de certificado de titularidad de local o fotocopia de alquiler.

- Copia de último pago de autónomos / monotributo.

- Comprobante de inscripción en A.T.E.R. y AFIP.

- Copia del certificado habilitante del profesional a cargo (industrias elaboradoras)

- Croquis del local comercial (indicando dependencias, baño, ventilación, salidas)

-Comprobante de pago de tasa Municipal por solicitud de habilitación comercial.-

-Cada área que tenga injerencia realizará la inspección correspondiente brindando un informe de lo observado con sus conclusiones, determinando la factibilidad o no de habilitación provisoria o definitiva del establecimiento, al Departamento Ejecutivo.-

 

Art.10º: Desde el Departamento Ejecutivo se extenderá al titular la resolución correspondiente conjuntamente con el certificado de habilitación comercial.

 

Art.11º: Si el local, negocio, actividad, instalación, industria ya habilitado cambie:

- De Propietario: El nuevo titular deberá realizar trámite de transferencia a su favor dentro del plazo de quince (15) días hábiles.

- De domicilio: realizará trámite de habilitación del nuevo local, perdiendo vigencia del Certificado habilitante anterior dentro del plazo de quince (15) días hábiles.

- Cambio de rubro: realizará trámite de habilitación del nuevo rubro, perdiendo vigencia del Certificado habilitante anterior dentro del plazo de quince (15) días.

- Anexo de rubro: deberá comunicarlo dentro del plazo de setenta y dos (72) horas, para realizar trámite de habilitación de las nuevas actividades.

Art.12º: De acuerdo a lo expresado en el art. 11 de la presente, para cada solicitud se deberá presentar el formulario correspondiente anexo, conjuntamente con los siguientes requisitos:

a- Para cambio de titular

- Original y copia de DNI del nuevo titular.-

- Copia de último pago de autónomos / monotributo.-

- Comprobante de inscripción ingresos brutos y AFIP.

b- Para cambio de domicilio:

- Original y copia de certificado de titularidad de local o fotocopia de alquiler.

- Original y copia de DNI del titular

- Croquis del local comercial (indicando dependencias, baño, ventilación, salida).-

 

Para este tipo de solicitud, se deberán realizar las inspecciones correspondientes a cada área afectada, seguidamente de la elaboración de un informe, determinando la factibilidad o no de habilitación provisoria o definitiva del establecimiento.-

 

c- Para cambio de rubro:

- Croquis del local comercial (indicando dependencias, baño, ventilación, salida).

Para este tipo de solicitud, se deberán realizar las inspecciones correspondientes a cada área afectada, seguidamente de la elaboración de un informe. Determinando la factibilidad o no de habilitación provisoria o definitiva del establecimiento.

 

d- Anexo de rubro: Croquis del local comercial (indicando  cambios en las dependencias, baño, ventilación, salida).

 

 Para este tipo de solicitud, se deberán realizar las inspecciones correspondientes a cada área afectada, seguidamente de la elaboración de un informe. Determinando la factibilidad o no de habilitación provisoria o definitiva del establecimiento.

 

Art.13º: Se acordará una habilitación “PROVISORIA”, Si existen deficiencias o recaudos que puedan ser subsanados y siempre que se reúnan las exigencias mínimas para el funcionamiento transitorio. Dándole al solicitante un tiempo, indicando los trabajos o reformas, tramites administrativo, que debe realizar y el término que se acuerda para ello bajo apercibimiento de clausura.

 

Art.14º: Si las causales que motivaron la habilitación provisoria son subsanadas en tiempo y forma, se otorgará la habilitación “DEFINITIVA” y se extenderá el certificado correspondiente.

Art.15º: La habilitación obtenida será renovada al año, contando desde la fecha de otorgamiento de la misma.

 

Art.16º: El certificado de habilitación deberá estar a disposición en el local habilitado y se exhibirá cuando se requiera por la Autoridad Sanitaria correspondiente.

 

Art.17º: Revocar la habilitación de los establecimientos relacionados con la alimentación, previo emplazamiento, cuando a través de inspecciones realizadas, se comprobara que dichos locales no reúnan las condiciones para la que aquella fue otorgada.

 

Art.18º: La rehabilitación sólo se concederá cuando hayan desaparecido las causas que originaron su clausura o cese del permiso de habilitación y siempre que ésta no se haya decretado por vía de sanción impuesta por Ordenanza, en cuyo supuesto se ajustará a lo que disponga la misma.

 

LIBRETA SANITARIA

 

Art.19º: La Libreta Sanitaria Municipal Única (en adelante L.S.M.U.), es el documento expedido por la Autoridad Bromatológica Municipal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del inciso “C” del Capítulo II del C.A.A, que avala el estado de salud óptimo de las personas que manipulan alimentos y que padeciendo ciertas patologías, temporales o permanentes, pudieran significar un riesgo sanitario para los consumidores.

 

Art.20º: Toda persona que intervenga en la manipulación de alimentos, está obligado a muñirse de la correspondiente L.S.M.U, para el desempeño de sus actividades.

 

Art.21º: Los propietarios, empleadores o responsables de negocios antes detallados, están obligados a que el manipulador cumplimente, en forma adecuada, el trámite para la obtención de la L.S.M.U.

 

Art.22º: El responsable del establecimiento, está obligado a mantener las L.S.M.U. en depósito en la administración, y presentarlas cada vez que les sean requeridas por la autoridad competente.

 

Art.23º: La persona que fuera declarada no apta por razones de salud para continuar ejerciendo su actividad, cesará de inmediato en el trabajo que implique contacto directo con alimentos y hasta tanto sus condiciones de salud le permitan reiniciarlo.

 

Art.24º: Con respecto al robo, deterioro o pérdida de la libreta, deberá solicitarse un nuevo ejemplar de la misma dentro de un plazo de 3 días hábiles, previa presentación de la denuncia policial pertinente. Cabe aclarar que no liberara al interesado de la imposición de sanciones que pudieran corresponder.

 

Art.25º: La libreta tendrá validez de un (1) año

 

Art.26º: Como requisito para  de la obtención de la Libreta Sanitaria el solicitante deberá someterse a los siguientes análisis rutinarios:

- Examen clínico completo haciendo especial hincapié en enfermedades infectocontagiosas, patologías dermatológicas y patologías bucofaríngeas;

- Hemograma completo y enzimas hepáticas;

- Ensayo de VDRL;

- Reacción de Widal

- Reacción de Hudlesson, (solo para manipuladores de carnes)

 

Art.27º: Para el trámite de la obtención de la L.S.M.U. el solicitante deberá:

 

-        Presentar Formulario completo de Solicitud de Libreta Sanitaria  previsto en Anexo, donde consignará los resultados de los análisis requeridos y el informe médico donde habilite o no al solicitante. 

-        2 fotos 4x4

- Comprobante de pago de tasa por solicitud de libreta sanitaria

 

Art.28º: Para el retiro  de la L.S.M.U. el solicitante deberá abonar la tasa por otorgamiento prevista en la Ordenanza impositiva vigente.-

 

Art.29º: El modelo de la L.S.M.U y formulario de tramitación será el estipulado en los ANEXOS de la presente.-

 

                            HABILITACION DE TRANSPORTE DE ALIMENTOS

 

Art.30º: Se entiende por Unidad de Transporte de Alimentos (UTA) a los receptáculos o recipientes (contenedores, carrocerías o cajas, cisternas, etc.) con que cuentan o utilizan los medios de transporte para el traslado de productos alimenticios.-

Art.31º: Los vehículos de transporte alimenticio deberán reunir condiciones de higiene y seguridad contempladas en el artículo 154 bis de la Ley 18284;  además de estar libres de cualquier tipo de contaminación y/o Infestación. Aquellos vehículos carentes de techos, deberán contar con cobertura protectora en buenas condiciones de uso.-

Art.32º: A los efectos del transporte se entiende por:

         a) Alimentos a Granel a todos los productos alimenticios sin envasar, que puedan estar en contacto directo con la UTA.

         b) Alimentos, Semienvasados a todos los productos contenidos en un recipiente (bolsas, bandejas, bateas, etc.) que no proporcionen una protección eficaz contra la contaminación y que pueden entrar en contacto directo con la UTA.

         c) Alimentos Envasados a todos los productos que tengan un envase que proporcione una protección eficaz contra la contaminación. De acuerdo a las características de la Unidad de Transporte de Alimentos y a los sistemas de conservación, los transportes se pueden clasificar en las siguientes categorías:

         - Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico y con equipo mecánico de frío.

         - Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico y sin equipo mecánico de frío y con sistemas refrigerantes autorizados por la autoridad sanitaria competente.

         - Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico y sin equipo mecánico de frío y sin sistemas refrigerantes.

         - Caja sin aislamiento térmico.

         - Sin caja o playo.

 

Art.33º: La habilitación de los medios de transporte tendrá una validez de 1 (un) año a contar a partir de la fecha de otorgamiento, la cual podrá ser revocada por la autoridad competente cuando las condiciones del mismo no sean las reglamentarias.-

 

Art.34º: Cualquier modificación a las condiciones o características del transporte que dieron origen a la habilitación deberán ser comunicadas a la autoridad sanitaria competente a los efectos de su autorización.-

 

Art.35º: Identificación por letra del rubro para el cual se habilita el vehículo.-

 

A) Transporte de carnes.

B) Transporte de menudencias.

C) Transporte de fiambres, quesos y productos de granja.

D) Transporte de sebos incomestibles y grasas.

E) Transporte de grasa envasada

F) Transporte de chacinados y embutidos frescos.

G) Transporte de productos lácteos.

H) Transporte de pan, panificados o afines.

I) Transporte de golosinas y afines

J) Transporte de pastas frescas

K) Transporte de huevos

L) Transporte de aves evisceradas

M) Transporte de especies menores evisceradas

N) Transporte de frutas, verduras y hortalizas

O) Transporte de bebidas gaseosas y bebidas alcohólicas

P) Transporte de artículos de kiosco

Q) Transporte de helados envasados

R) Transporte de pescado, moluscos y crustáceos

S) Transporte de productos de despensa envasados

T) Servicio de lunch y repostería

U) Transporte de hielo

V) Transporte de azúcar, arroz, harina en bolsas

W) Transporte de leche cruda.

 

Art.36º: A los efectos de la tramitación de la  habilitación del transporte alimenticio deberá presentar la siguiente documentación:

 

-Formulario completo de Solicitud de Habilitación de Transporte de sustancias alimenticias. El formato de formulario se encuentra en el anexo.-

 

-Comprobante de pago de tasa por solicitud de habilitación de transporte de sustancias alimenticias:

 

- DNI y copia del propietario y ocupante.-

- Copia del carnet de conducir de ambos.-

     - Tarjeta verde del vehículo.-

     - Tarjeta azul y autorización si el que conduce no es el propietario

- Fotocopia del título automotor.

     - Libreta Sanitaria de titular y ocupante.

 

Art.37º: La Autoridad sanitaria realizará la inspección del vehículo observando si cumple con la normativa vigente. Luego de elevar informe de lo observado al Dpto. Ejecutivo, se accede o no a la obtención del certificado habilitante; dicho formato de certificado se encuentra en los anexos.-

 

Art.38º: Para la obtención definitiva del certificado habilitante deberá previamente abonar la tasa por habilitación de transportes de sustancias alimenticias.-

 

DE LOS PROCEDIMIENTOS

 

Art.39º: CONTROLES: Se denominan Controles a las inspecciones periódicas que se realizan en los establecimientos, habilitados o no, donde se produzcan, elaboren, fraccionen, depositen o expendan alimentos.-

 

Art.40º: ACTAS: En inspecciones a los establecimientos cuando sea necesario se labrarán actas, donde detallará todo lo observado. Las actas se labrarán por triplicado, una copia quedará en poder del inspeccionado; el original y la otra copia se elevarán a la Secretaria de Gobierno Municipal en el plazo de 48 hs. Para iniciar los actos administrativos correspondientes cuando corresponda.

Art.41º: Toda acta deberá contener obligatoriamente los siguientes datos:

a. Lugar, fecha y hora de la inspección.

b. Identificación del Inspector y/o labrante (Nombre, Apellido y N° de documento)

c. Tipo de establecimiento.

d. Denominación del establecimiento.

e. Domicilio del establecimiento.

f. Nombre, apellido y documento del propietario y/o encargado, en presencia del cual se hace el procedimiento.

g. Motivo de la inspección

h. Firma de los Inspectores y/o labrantes intervinientes

i. Firma del inspeccionado.

j- Firma de testigos.

 

Art.42º: En el caso que el inspeccionado se negara a firmar el acta, podrá recurrir a personas que atestigüen la lectura de la misma y la negativa de firmarla.

 

Art.43º: Cuando esto no sea posible, se hará constar en el acta que se dio lectura a la misma, la negativa de firmarla por parte del inspeccionado y la imposibilidad de hallar testigos.

 

Art.44º: También podrán consignarse en el acta los descargos que el propietario y/o encargado considere pertinente, testimonios de otras personas, copias de documentos totales o parciales. Todos los procedimientos que el Inspector y/o labrante deba realizar en su accionar serán constatados por medio del acta correspondiente.

 

Art.45º: TOMA DE MUESTRAS: Para la toma de muestras se procederá de la siguiente manera:

 

 a. Se extraerán tres muestras   iguales:

I.       Original: para el análisis en primera instancia.

II.      Duplicado: se reservará para una eventual pericia de control.

III.     Triplicado: quedará en poder del interesado para que se analice conjuntamente con el duplicado en la pericia de control o para contra verificación por el interesado.

 b. Las muestras deberán ser lacradas y selladas por el inspector y en presencia del interesado y dos testigos y llevar adherida una tarjeta de identificación o rótulo para contralor del producto de referencia, fecha de extracción, firma de los testigos, del interesado y del auditor actuante. c. En el acta se individualizará el o los productos muestreados, detalle de su rotulación y atestaciones adheridas al envase, contenido, peso y/o volumen de la unidad, número de partida y serie de fabricación, fecha de embasamiento y/o vencimiento, condiciones en que estaba conservado, todo ello para establecer la autenticidad de las muestras. 

 

Art.46º: El interesado, dentro de un plazo de 72 horas de notificado, podrá solicitar las pericias de control que correspondan. Los resultados de los análisis se tendrán por válidos y se considerarán como plena prueba de la responsabilidad del interesado y/o inspeccionado si en el término establecido no solicitare la mencionada pericia de control.

 

Art.47º: La toma de muestra es el punto de unión entre la labor de inspección y el Análisis de laboratorio, por lo que tendrá que tenerse en cuenta lo siguiente:

 

a. El tamaño de la muestra y la forma de extracción, los que garantizan que la muestra sea representativa de la partida de la cual procede.

b. La forma correcta de enviarla al laboratorio, a fin de asegurar la integridad y el buen estado de conservación de la muestra.

 

Art.48º: Se procederá a la habilitación de las balanzas comerciales y a la verificación de sus condiciones a través del Kilogramo Patrón en virtud a la Ley de Metrología Legal (Nº 19.511) y/o legislación Provincial aplicable.-

 

Art.49º: Durante la inspección deberá observarse:

a.       Las balanzas poseerán número de certificado de habilitación.

b. Estarán ubicadas en lugar y forma tal que los consumidores puedan observar la operación de pesar.

c. Quedan prohibidas las balanzas de dos platillos.

d. Las indicaciones numéricas deben hallarse a ambos lados del instrumento, tanto del comerciante, como del consumidor, de lo contrario la balanza no se considerará apta para uso comercial.

e. La aguja indicadora deberá partir del “cero” en la balanza mecánica.

f. El visor de peso por kilogramo deberá partir del “cero” en la balanza electrónica.

g. El comerciante solo podrá retirar el producto de la balanza cuando la aguja indicadora haya dejado de oscilar o cuando el visor electrónico se detenga.-

 

Art.50º: NOTIFICACIÓN: Se utiliza para realizar recomendaciones, cuando las regularidades observadas tienen la posibilidad de subsanarse de manera sencilla.  

 

Art.51º: INTERVENCIONES: Se entiende por intervención a la retención hasta una posterior decisión por parte de la Autoridad Sanitaria competente de materias primas, productos intermedios o productos terminados que se sospechen están en infracción ya sea por una dudosa identificación, posible contaminación, adulteración, etc., toda intervención va acompañada de una Toma de Muestra.

 

Art.52º: Una vez obtenidos los resultados analíticos puede derivarse en una de las siguientes situaciones:

 

a) Si el producto resulta no ser apto, la Autoridad Sanitaria procederá al decomiso de toda la partida

Intervenida.

 

b) Si el producto resulta ser apto la Autoridad Sanitaria levantará la intervención liberando la partida al consumo.

 

Art.53º: EMPLAZAMIENTOS: Se entiende por emplazamiento el período establecido por la Autoridad Sanitaria  desde el momento que detecta la falta o infracción hasta la fecha que estima pertinente para que el elaborador y/o comerciante regularice la situación.

 

Art.54º: COMISO O DECOMISO: Es toda  la confiscación de productos alimenticios en infracción por parte de la Autoridad sanitaria competente.

 

a. Comiso o destrucción: La destrucción de los productos comisados puede realizarse en el mismo establecimiento alimenticio (comercial o industrial) o en el lugar que la Autoridad Sanitaria considere pertinente. La destrucción puede hacerse en presencia del interesado (comerciante, elaborador, distribuidor) si así lo solicitara.

 Dicha actividad consistirá en la incineración de lo decomisado en un digestor, o el rociamiento.

En el caso de realizar la destrucción en el establecimiento deben tomarse los recaudos para evitar salpicaduras o posible contaminación al resto de los productos.

 

b. Comiso sin destrucción: Algunas veces a los productos decomisados  se le puede dar otra utilidad.- Por ejemplo un producto no rotulado, que es retirado por la Autoridad Sanitaria del establecimiento y verificada por su aptitud para el consumo puede ser donado a una entidad benéfica.-

 

Art.55º: CLAUSURA PREVENTIVA: Surge al constatar una falta muy grave que pone en peligro la salud  de la población, de esta manera el establecimiento o el sector del establecimiento no estará funcionando. En este caso se procederá a la clausura preventiva en forma: Total, temporal, o parcial. 

 

Estas situaciones serán elevadas a la administración del Organismo de Control, quien derivará al Juez competente.  El Juez es quien resolverá pudiendo determinar la clausura definitiva.

Art.56º: Cuando deban hacerse efectivas medidas de clausura respecto de locales, maquinarias u objetos, para impedir su funcionamiento, uso o utilización, el funcionario interviniente colocará fajas selladas o precintos con la leyenda "CLAUSURADO".

 

Art.57º: Cuando se proceda a efectuar una clausura, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

 a. Labrar acta en el lugar del hecho, en forma legible, sin abreviaturas, con números expresados en letras, salvándose el error que se cometiere.

 b. Consignar el lugar, fecha, hora y ubicación del local, detallando todos los números que correspondan a las puertas por las cuales se tenga acceso al mismo.

 c. Hacer figurar nombre, apellido y jerarquía del funcionario policial que preste colaboración.

d. Dejar constancia de la vigilancia que se establece en el local.

e. Dejar constancia si han sido colocadas fajas selladas.

f. Comunicar verbalmente al infractor o infractores las penalidades en que incurrirán en caso de que la medida de clausura fuera violada.

g. Suscribir el acta el funcionario actuante, los testigos y el funcionario policial que se hallare presente.-

 

Art.58º: En los casos en que se compruebe que una clausura ha sido violada, se labrará un acta de comprobación con destino al Departamento Ejecutivo  y se reimpondrá la medida.-

 

Art.59º: Simultáneamente con la orden de clausura de un establecimiento, se procederá al retiro inmediato de las sustancias, productos o mercaderías que se elaboren o depositen y que sean de fácil descomposición o que permaneciendo el local clausurado, constituyan un motivo de insalubridad, molestia o peligro del vecindario, disponiéndose el resguardo en dependencias que establezca bromatología, los costos que erogue su tenencia o conservación será a exclusivo cargo del titular del negocio. Los productos o mercaderías alterados, putrescibles o en estado de descomposición serán decomisados e inutilizados de acuerdo con los procedimientos técnicos establecidos.-

 

Art.60º: Suspensión o cancelación de la autorización, comercialización y expendio de productos en infracción: Cuando la Autoridad Sanitaria competente considera que un determinado producto alimenticio es peligroso para la salud de la población podrá suspender la autorización de comercialización por un período máximo de treinta (30) días.

 

La aplicación de esta medida podrá darse en dos circunstancias a saber:

 

a.       Productos identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado.

 

En tal caso la suspensión o cancelación de su producción, elaboración y/o fraccionamiento quedará circunscripta a la planta de origen, pero el producto no podrá ser comercializado en ninguna parte del país, cualquiera sea la jurisdicción en que se aplique la medida.

 

b.      Productos que no pueden ser identificados en formas fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado.

 

Art.61º: En tal caso no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados, ni expendios en el territorio de la República durante el tiempo de vigencia de la sanción impuesta. Art. 4 inc.d) Ley 18284/69.-

 

Art.62º: Transcurridos los treinta (30) días y, de acuerdo a los resultados analíticos obtenidos, la Autoridad Sanitaria competente podrá:

 

• Difundir las rehabilitaciones del producto nacionales, provinciales o locales, cuando los resultados analíticos determinen su aptitud.-

 

• Aplicar las sanciones pertinentes (comiso de toda la partida, clausura del establecimiento) cuando los resultados analíticos demuestren la inaptitud del producto.-

 

                                      INFRACCIONES

 

Art.63º: Toda acción, conducta que obstaculice el accionar de la Autoridad Sanitaria en cuanto a inspección, vigilancia o constatación, de la normativa vigente, será sancionado con una multa desde 20 a 100 litros de Nafta Súper.-

 

Art.64º: Todo establecimiento que elabore, deposite, expenda, fraccione, transporte alimentos sin autorización; realizado el respectivo emplazamiento, se sancionará desde 20 hasta 200 litros de Nafta Súper.-

 

Art.65º: Toda violación a una inhabilitación de los locales, cuales quiera sean el rubro en materia alimenticia, resultará en una multa de hasta 200 litros de Nafta Súper, según valor de venta al público al día de la sanción que será obtenido de la localidad y puesto en vigencia por resolución del D.E.M.H.  y/o clausura por doble tiempo de pena cuyo cumplimento hubiera quebrantado.-

 

Art.66º: La irregularidad o caducidad de los documentos y certificados expedidos por la Autoridad Sanitaria competente se sancionará con desde 15  hasta 50 litros de Nafta Súper, según valor de venta al público al día de la sanción que será obtenido de la localidad y puesto en vigencia por resolución del D.E.M.H. Supone además la falta de exhibición de los documentos originales (certificados, constancia  de habilitación, transporte, libreta sanitaria).-

 

Art.67º: La alteración de certificados de habilitación, libreta sanitaria, certificado de habilitación de transporte de sustancias alimenticias, refiere a una pena desde 10 hasta 40 litros de Nafta Súper, según valor de venta al público al día de la sanción que será obtenido de la localidad y puesto en vigencia por resolución del D.E.M.H.-

 

Art.68º: Toda actividad referida al rubro alimentación en contravención a las disposiciones bromatológicas de esta ordenanza, así como ausencia de rotulado, se sancionará con inhabilitación, dependiendo la gravedad de la irregularidad y/o clausura  y /o decomiso; además de una multa de hasta 50 a  300 litros de Nafta Súper, según valor de venta al público al día de la sanción que será obtenido de la localidad y puesto en vigencia por resolución del D.E.M.H.-

 

Art.69º: Toda tenencia de alimentos adulterados, contaminados, utilizados para elaborar, fraccionar, expender, depositar como también su transporte, se sancionará desde 20 a 100 litros de Nafta Súper, según valor de venta al público al día de la sanción que será obtenido de la localidad y puesto en vigencia por resolución del D.E.M.H. dependiendo la gravedad y decomiso. –

 

Art. 70º:  AUTORIDAD COMPETENTE: será Autoridad competente para actuar en la aplicación de la presente ordenanza la Dirección de Bromatología y Medio Ambiente de Municipio de Herrera.-

 

Art.71º: APRUEBENSE, los formularios de solicitud tipo anexos, que se adjuntan, que forman parte útil y legal de la presente.-

 

Art.72º: REGÍSTRESE, comuníquese, dése a conocimiento, y oportunamente archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones, 24 de noviembre de 2.017

 

 

        Daiana Macarena Pérez                                                          Orlando Omar Barboza

                Secretaria                                                                             Presidente

         Honorable Concejo Deliberante                                          Honorable Concejo Deliberante 

            Municipalidad de Herrera                                                    Municipalidad de Herrera

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXOS

                         Solicitud Nº________           

SOLICITUD HABILITACIÓN  BROMATOLÒGICA COMERCIAL

Ordenanza Nº180/17

a)       Solicitud de Habilitación

 

Herrera, ............. de .................................................... de 20 ............

Sr. Presidente Municipal

Su Despacho

                                               El/la que suscribe, solicita a Usted habilite la actividad comercial cuyos datos se detallan a continuación:

                                          

Titular1:..................................................................................... Nº CUIT/CUIL:.............................................DNI Nº:……………………..

Titular1:..................................................................................... Nº CUIT/CUIL:.......................................... DNI Nº:……………………..

Persona Jurídica/Titular Nombre de la sociedad: ............................................................................

CUIT: ...............................................- Domicilio Legal:…………………………………………..

Domicilio Comercial:...............................................................................................................................................................

Rubro de Actividad

Detalle Actividad

Fecha Inicio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nombre de Fantasía……………………………………………………………………………………………………………………

 

 

 

 

 

Croquis de Ubicación (Indicar calles que rodean la manzana y ubicación del inmueble)

 

 

 

 

 

 

 

 

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 

 

Detalle de la documentación que deberá adjuntar:

  ÿ   Original y copia del DNI del Titular del Comercio a habilitar

       Primera (1) y Segunda (2) hoja y cambio de domicilio.

 

  ÿ   Original y copia de certificado de titularidad del local o     

       fotocopia del Contrato de alquiler.    

ÿ  Comprobantes de inscripción ante la AFIP

 ÿ  Copia de título habilitante del profesional a cargo. (para industrias elaboradoras)

ÿ  Croquis  de planta del local comercial ( indicando dependencias baños, ventilación, salidas)

  ÿ  Copia del último pago efectuado de autónomos/monotributo.

 ÿ  Comprobante de pago de tasa por solicitud de Habilitación Bromatológica Comercial.

  ÿ  Comprobantes de inscripción en Ingresos Brutos

 

.

 

  .

 

 

 

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

 

 

 

...................................................                                 .....................................................

                                                                Firma de Titular  /Apoderado                                                                                    Firma de Titular / Apoderado

 

SELLO DE MESA DE ENTRADA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                         SOLICITUD DE LIBRETA SANITARIA LEY 18.284

b)       Solicitud de Extensión

Herrera, ............. de .................................................... de 20 ............

Sr. Presidente Municipal

Su Despacho                                              

El/la que suscribe, cuyos datos personales detallo a continuación solicita a Ud. se le extienda Libreta Sanitaria Unica - Ley 18.284.-

Apellido:...........................................................................  Nombres:........................................................................................

 

Nacionalidad....................................................................  Estado Civil:....................................................................................

 

Fecha Nacimiento:...........................................................  Profesión:........................................................................................

 

Domicilio:.........................................................................

 

 

 

Foto del interesado 4x4

 


Tipo y Nº Documento:.....................................................

Detalle de la documentación que deberá adjuntar

ÿ   2 (dos)  fotos 4x4

ÿ   Comprobante de pago de tasa por solicitud de libreta sanitaria

 

....................................................                                  .....................................................

                                                                     Firma Solicitante                                                                                                   Firma Empleado

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

 

SELLO MESA DE ENTRADA

 

 

 

 

 

 

 

c)       Certificado Médico

                                                  

INFORME MÉDICO

El profesional deberá especificar si posee alguna enfermedad infecto-contagiosa y si es portador de Salmonella Sp, como así también si es APTO o no, de acuerdo al resultado del examen médico, para que se le otorgue la Libreta Sanitaria. A tal fin, el solicitante deberá presentar al profesional:

-          Hemograma completo y enzimas hepáticas.

-          Ensayo VDRL., Reacción de Widal

-          Hudlesson (SOLO PARA MANIPULADORES DE CARNE)

-          Examen clínico completo, haciendo hincapié en enfermedades infectocontagiosas, patologías dermatológicas y patologías bucofaríngeas.

 

Resultado del Examen Médico: ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ .................................................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................................................... ....................................................................................................................................................................................................

Observaciones:...........................................................................................................................................................................

 

 

 

 

                                                                                       ................................................................

Fecha de Revisación: ……./……./….…

                                                                                                                         Firma  y Sello del Médico

 

 

 

 

                                                            

 

 

 

 

SOLICITUD N°_________________

 

SOLICITUD HABILITACIÓN DE TRANSPORTES ALIMETICIOS ORDENANZA N°180/17

a)Solicitud de Habilitación

Herrera, ............. de .................................................... de 20 ............

Sr. Presidente Municipal

Su Despacho

                                               El/la que suscribe, solicita a Usted habilite la actividad comercial de transporte de alimentos cuyos datos se detallan a continuación:                                                   

Titular:...........................................................................................Domicilio:..............................................................................................

 Tipo y Nº Documento:.............................................................Domicilio comercial:..................................................................................

Marca:…………………………………………………Modelo:………………………………Patente Nº::………………………………….

Habilitación para transportar: ……………………………………………………………………categoría:………………………………

Detalle de la documentación que deberá adjuntar:

  ÿ  Tarjeta verde del vehículo

  ÿ  Libreta sanitaria del Titular y acompañante.

  ÿ    Tarjeta azul  y   Autorización si el que conduce no es propietario.

  ÿ  Fotocopia de DNI del propietario y ocupante.   

  ÿ      Fotocopia Carnet de Conducir                                 

    ÿ  Fotocopia de Título Automotor

    ÿ  comprobante de pago de tasa por solicitud de habilitación de sustancias alimenticias

 

…………………………………………………….

     

 

                       Firma  solicitante

 

 

 

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

 

                          SELLO DE MESA DE ENTRADA

 

 

                                                                                                                          

 

 

                                               

 

 

 

 

 

 

 HABILITACIÓN DE VEHÍCULOS PARA TRANSPORTE DE ALIMENTOS

 

Titular:                                                                                        Domicilio:.  

 Tipo y Nº Documento                                                              Domicilio comercial:

Vehículo

Marca:                                                           Modelo:                                                  Patente Nº: 

Habilitación para transportar: 

Identificación Rubro:                 

 

El presente certificado acredita que el vehículo cumple con las condiciones estructurales y de higiene exigible a la fecha de otorgamiento. Siendo habilitado para únicamente  transportar alimentos PERECEDEROS / NO PERECEDEROS. Ajustándose al tope máximo de carga del vehículo.  Oficina de Bromatología. Municipalidad de Herrera. A los….    Días……. del mes …………….de  del año 20…..

 

              EXPEDIDO:                                                                                               VENCIMIENTO:                         

                                                             

 

  _______________________                                                                                                          ____________________

              FIRMA AUTORIDAD SANITARIA                                                                                                                                                                                                                INTENDENCIA               

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

        Solicitud Nº________           

                                     Solicitud Cambio de Domicilio

Ordenanza Nº

Datos del Titular

Titular1:..........................................................CUIT/CUIL:Nº............................DNI Nº:……………………..

Titular2:...........................................................CUIT/CUIL:Nº...........................DNI Nº:……………………..

Persona Jurídica/Titular Nombre de la sociedad: ............................................................................

CUIT: ...............................................- Domicilio Legal:…………………………………………..

Datos del Traslado

 Resolución de Habilitación: .............................. Nº Insc.: ........................... Nº exp.: ….......................

Rubro Habilitado: ………………………………………..………………………………

 Rubro Habilitado: ………………………………………..………………………………

Domicilio Actual del Local: ……................................................................................... Nº: ...................

Nuevo Domicilio: ...…..…….…………………………..……………..…………..……… Nº: ………...….

Croquis de Ubicación (Indicar calles que rodean la manzana y ubicación del inmueble)

 

 

 

 

 

 

 

 

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   

 

 

Detalle de la documentación que deberá adjuntar:

ÿOriginal y copia del DNI del Titular del Comercio

ÿ   Original y copia de certificado de titularidad del local o  fotocopia del Contrato de alquiler.    

ÿ  Croquis  de planta del local comercial (indicando dependencias baños, ventilación, salidas)

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

                                      ...................................................                                 .....................................................

                                                                Firma de Titular  /Apoderado                                                                                    Firma de Titular / Apoderado

SELLO DE MESA DE ENTRADA

 

   

   Solicitud Nº________          

 

Solicitud Cambio de Rubro

Ordenanza Nº

Datos del Titular 

Titular 1 Nombre/s: ................................................ Apellido/s:.............................................. DNI: .................................CUIT:  …….........................................

Titular 2 Nombre/s: ................................................Apellido/s: .............................................. DNI.................................................. CUIT: ..................................................

 

 Persona Jurídica:

Nombre de la sociedad: ................................................................ CUIT: .................................

 Domicilio Legal: ...................................Nº: ......Piso: .......... Dto: ….... Localidad: ..................

Datos del representante de la sociedad:

 Carácter de la representación: .................................................................................... Nombre/s:.................................Apellido/s:..................................................................................... DNI.................................... CUIT:.................... Domicilio Legal: ....................Nº: ........................ Piso: ...................... Dpto: ….................. Localidad: ................ Tel........................Mail: ……………...

Datos de la Actividad actualmente

Resolución de Habilitación: ...................................... Nº Exp.: ..................Folio……..Libro..…. Rubro Habilitado: ……………………………………………………………

 Rubro Habilitado: …………………………………………………………

Domicilio de la actividad:…………………………………………………………

Nuevo Rubro Solicitado: ………………………………….……………………………

Detalle de la documentación que deberá adjuntar:

  ÿ  Croquis del local indicando los cambios (dependencias, baños, ventilación, salidas.)

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

 

...................................................                                 .....................................................

    Firma de Titular  /Apoderado                                                                                    Firma de Titular / Apoderado

 

SELLO DE MESA DE ENTRADA

 

 

 

                                                                              Solicitud Nº________           

Solicitud Anexo de Rubro

Ordenanza Nº

Datos del Titular  

Titular 1 Nombre/s: ................................................ Apellido/s:.............................................. DNI: .................................CUIT:  …….........................................

Titular 2 Nombre/s: ................................................Apellido/s: .............................................. DNI.................................................. CUIT: ..................................................

 

 Persona Jurídica:

Nombre de la sociedad: ................................................................ CUIT: .................................

 Domicilio Legal: ...................................Nº: ......Piso: .......... Dto: ….... Localidad: ..................

Datos del representante de la sociedad:

 Carácter de la representación: .................................................................................... Nombre/s:.................................Apellido/s:..................................................................................... DNI.................................... CUIT:.................... Domicilio Legal: ....................Nº: ........................ Piso: ...................... Dpto: ….................. Localidad: ................ Tel........................Mail: ……………...

Datos de la Actividad actualmente

Resolución de Habilitación: ...................................... Nº Exp.: ..................Folio……..Libro..…. Rubro Habilitado: ……………………………………………………………

 Rubro Habilitado: …………………………………………………………

Domicilio de la actividad:…………………………………………………………

Nuevo Rubro Solicitado: ………………………………….……………………………

Detalle de la documentación que deberá adjuntar:

  ÿ  Croquis del local indicando los cambios (dependencias, baños, ventilación, salidas.)

Declaro bajo juramento que la información inserta en la presente solicitud es auténtica y se ajusta

a los hechos existentes, asumiendo la responsabilidad civil o penal por la consecuencia derivadas de falsedades o errores en los mismos declarando conocer la  Normativa Municipal vigente referida a la habilitación del rubro solicitado y /o tipo de trámite a realizar.

Importante: El presente formulario reviste carácter de Declaración Jurada y no otorga derechos habilitatorios.

 

...................................................                                 .....................................................

    Firma de Titular  /Apoderado                                                                                    Firma de Titular / Apoderado

 

SELLO DE MESA DE ENTRADA

 

 

 

 

 MUNICIPALIDAD DE HERRERA

ACTA DE INSPECCIÓN N°………………

 

Acta de: ………………………………..……………..

Área de Bromatología, Agentes intervinientes:…………………………………DNI:………………………….

En la ciudad de Herrera, a los ….. días del mes de…de 20…...y siendo la hora…… nos constituimos en el domicilio del SR/A:…………………………. sito en calle:…………………………tel:……………………Actividad:………………….

Denominación del establecimiento:…………………………………………………….

Atendido por:…………………en carácter de:…………………………………………

………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

La presente fue confeccionada en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, entregándose al interesado una (1) copia de la misma, las dos (2) restantes quedan en poder de los inspectores actuantes. Previa lectura de la misma.

______________________

                 Firma

_______________________                                   _______________________

Tipo y N° de Documento                                              Inspectores