H.C.D. Ordenanza Nº 113/15.- Requisitos Loteo Urbano
ORDENANZA Nº 113/15.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE HERRERA,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1º) EXIGENCIAS AL LOTEADOR: Para los casos de lotéos residenciales en zona urbanizada se requerirán al propietario o promotor la instalación de los siguientes servicios mínimos;
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Abovedamiento de calles.-
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Alumbrado público y red de baja tensión domiciliaria.-
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Red de distribución de agua corriente y desagües cloacales.-
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Nivelación para desagües, alcantarillas y zanjeo.-
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Arbolado.-
Artículo 2º) PLAZO PARA EJECUTAR LAS MEJORAS ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO1º): Las obras a que se hace referencia, deberán estar ejecutadas en un plazo máximo de doce meses, contando desde la fecha de aprobación provisoria del loteo, todas estas obras correrán por cuenta y cargo del loteador y serán ejecutadas de conformidad con las exigencias, planos y detalles que al efecto determine la autoridad municipal.-
Artículo 3º) HABILITACION DEL LOTEO: Cuando los trabajos enumerados se encuentran realizados de conformidad con lo establecido anteriormente. Se dará aprobación definitiva al loteo sin perjuicio de las demás obligaciones o trámite que correspondan a los propietarios o locadores en otros niveles de la administración.
Artículo 4º) EXIGENCIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE LOTEOS:
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Pedido de autorización: Se solicitará la autorización en nota dirigida a la Autoridad Municipal, firmada por el propietario o por sus representantes legales. En la misma se declarará el uso o destino de la subdivisión-
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Documentación: Se acompañará la siguiente documentación:
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Título de propiedad de los terrenos o extracto extendido por escribano público.-
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Los planos que se detallan firmados por profesional habilitado, inscripto en el Colegio de Profesionales de la Agrimensura de la Provincia de Entre Ríos:
2.1. Dos (2) copias con trazado de vías públicas en escala 1:1000, conteniendo balance de superficies, discriminando:
Áreas útiles a dividir, Áreas para espacios verdes públicos y Áreas para equipamiento comunitario.-
2.2Plano en escala 1: 2000 con cotas del nivel del terreno y su relación con el nivel de los desagües existentes.-
2.3Planos y memorias descriptivas de las obras establecidas en el artículo 1º y cronograma de las mismas.-
Artículo 5º)ESCRITURACION DE TITULOS: La cesión gratuita de las superficies correspondientes a las vías públicas y espacios libres del proyecto aprobado, serán escrituradas libre de todo gravamen y ocupación a favor de la comuna, por intermedio de escribano público que designe la autoridad comunal, dentro de los ciento ochenta días, contados desde la fecha de aprobación provisoria de la mensura.-
Artículo 6º)TRÁMITE DE APROBACION:
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Aprobación provisoria: Una vez cumplimentada la presentación de la documentación establecida en el artículo 3º se otorgará la "aprobación provisoria", la cual será extendida por el Municipio previa resolución, al efecto, de la autoridad Municipal, asentada en libro de actas. Desde ese momento comenzará a regir el plazo establecido en el artículo 2º. Con esta aprobación provisoria, el propietario estará en condiciones de solicitar la inscripción de la mensura en la Dirección de Catastro de la Provincia.-
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Aprobación definitiva: Cuando las obras de mejoras estén concluidas a juicio de la Autoridad Municipal, se podrá solicitar la aprobación definitiva, adjuntando una copia del plano de mensura con la constancia de inscripción en la Dirección de Catastro. Otorgada la aprobación definitiva por Decreto, el loteo se considerará habilitado y el Municipio se hará cargo de la prestación de los servicios públicos respectivos.-
Artículo 7º) MULTAS: El propietario que venda terrenos en infracción a lo dispuesto en el presente reglamento, será penado con una multa equivalente al 10% del valor de las ventas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.-
Artículo 8º) REGISTRESE, comuníquese, dése a conocimiento, y oportunamente archívese.-
Dada en Sala de Sesiones 23 de julio de 2015.
Daiana Macarena Pérez Orlando Omar Barboza
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Herrera Municipalidad de Herrera